15-06-2007 08:20:14 - General - Leido 637 veces
En la reunión de la Comisión del convenio del día 13 se ha llegado a varios acuerdos, uno de ellos es la modificación del apartado 3 del art. 29, que pasa a quedar redactado, en parte, así:
- Durante el periodo estival, comprendido entre el 16 de junio y el 15 de septiembre, la jornada de trabajo se reducirá en media hora a la finalización de la misma.
En parte este acuerdo se publica en el BOJA de hoy 15 de junio teniendo efectividad desde hoy mismo, como
ORDEN de 13 de junio de 2007, por la que se modifica la de 29 de julio de 1996, sobre jornadas y horarios en la Administración General de la Junta de Andalucía.
Así mismo se acordó también, la modificación del acuerdo del 5 de abril del 2005 por el que se introducen diversas modificaciones en el sistema de clasificación profesional.
Recordamos también que esta vigente el acuerdo horario aprobado en la subcomision del convenio de la consejería de educación aplicable a Monitores, educadores, personal de cocina y eoes, que estableció la vacaciones de verano de este personal entre el 23 de junio y el 31 de agosto, y que comunicaba el jefe de servicio de gestión de recursos humanos de la consejería a todas las delegaciones provinciales el pasado 26 de mayo del 2006
Acuerdos de la C. Convenio del 13 de junio de 2007
Acuerdo de la Subcomision de educación sobre jornada y horarios
Comunicación de la Consejería de educación de validez y aplicación del acuerdo






